¿Puedo abandonar la Red de Itinerarios para Mercancías Peligrosas para efectuar un descanso diario o semanal?



El Real Decreto 97/2014 regula las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. Los itinerarios a utilizar por los vehículos para el transporte de las mercancías peligrosas están reflejados en el RIM (la red de itinerarios para mercancías peligrosas)

Un lector hace unos días me preguntaba si podía abandonar la RIM para poder realizar su descanso diario.

La respuesta es afirmativa. 

Se permite abandonar la RIMP en aquellos desplazamientos cuyo destino u origen sea la residencia habitual del conductor, para efectuar los descansos diario o semanal, o para la realización de operaciones de reparación o mantenimiento del vehículo, siempre y cuando en todo caso se cumplan las condiciones de estacionamiento especificadas en el ADR.


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¿Qué ocurre si debo cambiar el tacógrafo por avería?


Siempre he querido que este Blog tenga un carácter colaborativo, con el propósito de compartir opiniones y conocimiento.

La colaboración es uno de los recursos que utilizo en mi Blog. Animo a muchos lectores a publicar algún artículo sobre diferentes temas que puedan afectar al transporte terrestre. 

Hoy publico un artículo de Dani Serrano Cervera, responsable técnico de Electroauto Girona S.L., sobre la normativa que regula la doble señal de velocidad y las sustituciones de tacógrafos.

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Código de buenas prácticas para la estiba segura de la carga en el transporte por carretera


La Comisión Internacional de Asuntos Técnicos (CIT) ha elaborado este Código de buenas prácticas para la estiba segura de la carga en el transporte por carretera con el objetivo de promover diferentes métodos de colocación y sujeción segura para el transporte de mercancías por carretera. Este Código de buenas prácticas se basa principalmente en la norma europea sobre retención de carga en vehículos de carretera (EN 12195-1:2010), aunque también incluye otras prácticas de seguridad observadas en todo el sector del transporte por carretera.

Su objetivo es el de permitir a las principales partes interesadas de la industria del transporte internacional por carretera cargar y estibar correctamente la mercancía en sus vehículos. Al seguir estas directrices desde el comienzo, las partes involucradas en el transporte contribuirán de forma sostenible a mejorar los estándares internacionales de seguridad en carretera y en el lugar de trabajo. 

El acuerdo Europeo sobre el Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR),que hace referencia a la norma europea EN 12195-1:2010, establece el nivel de sujeción aceptado a escala internacional para mercancías peligrosas en vehículos dedicados al transporte por carretera.

La Comisión Internacional de Asuntos Técnicos (CIT) de la IRU está convencida de que este Código de buenas prácticas contribuirá a reducir de manera significativa el número de heridos e interrupciones en el transporte como resultado de incidentes relacionados con la carga, tanto en el lugar de trabajo como en la carretera, evitando así cualquier alteración innecesaria de la actividad económica básica.

En el Anexo III encontrarán valiosos consejos – Guía Rápida de Fijación”. En él se incluyen el número de correas de sujeción o de dispositivos de seguridad necesarios según el método, los materiales, la fricción, el peso, etc...

Gracias al Secretario General de la IRU, a los miembros de la CIT de la IRU y el conjunto de actores claves, así como a TYA, MariTerm AB, EGC, STL logistics Ireland y la Autoridad de la Salud y la Seguridad Irlandesa por su participación y su contribución a esta publicación, que permitirá reforzar los conocimientos a nivel internacional y dotar de consejos prácticos sobre la estiba segura de la carga en el transporte por carretera.

Márten Johansson
Presidente de la comisión Internacional de Asuntos Técnicos (CIT) de la IRU
Director de Asuntos Técnicos y Auditor Principal.
Asociación Sueca de Compañías de Transporte por Carretera, Estocolmo


Fuente: Guitrans

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El Cabildo de Tenerife vuelve a expedir las tarjetas de conductor


Después de un período de tiempo sin expedir tarjetas de conductor, empresa y centros de ensayo, el Cabildo de Tenerife, vuelve a expedir las tarjetas para el Tacógrafo Digital.

En el enlace donde podréis consultar: ¿quién puede solicitar una tarjeta de Tacógrafo Digital? ¿Cuál es el plazo para solicitarlo? ¿Cómo se tramita? y descargar la correspondiente solicitud de tarjeta.

Información Cabildo Tenerife haz click aquí

Un saludo

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Anuncio del Ministerio de Fomento notificando expediente sancionadores



El Ministerio de Fomento ha publicado en el número 242 del Boletín oficial del Estado, de fecha 6 de octubre de 2014, la resolución de una serie de expedientes sancionadores.  

Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados conforme establece el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo, se efectúa esta publicación a efectos de notificar la resolución dictada en los expedientes que se citan en el anuncio.

Es muy importante que la leáis  para poder interponer un recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes contra el acuerdo de resolución, si no estáis de acuerdo, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación.

En caso de estar de acuerdo con la sanción, y no presentar recurso de alzada, la sanción debe hacerse efectiva dentro de los 15 días hábiles siguientes al de esta publicación. El ingreso se realizará mediante el documento de pago Modelo 069, que durante el citado plazo de quince días el interesado o un representante acreditado puede solicitar y recoger en el mismo horario y dirección del Ministerio de Fomento anteriormente indicados.

Os dejo el enlace donde podréis consultar los números de expedientes.


Suerte a tod@s

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Los camiones tendrán rebajas en los peajes de las autopistas en "horas valle"



La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha anunciado hoy que los camiones que circulen por las autopistas en horas de poco tráfico ("horas valle") tendrán rebajas de peajes o incluso podrán pasar gratis, iniciativa ya vigor en otros países europeos.

La ministra ha explicado en la presentación de los Presupuestos de 2015 de Fomento que con dicha medida se pretende bonificar el peaje para los camiones que no tengan inconveniente en viajar en un determinado horario y que lo puedan hacer en las horas valle gratis o con un importe reducido.

Fomento destinará el próximo año 43 millones de euros, un 54 % más que en 2014, a las bonificaciones de peaje, de los que 10 millones serán para las de vehículos pesados, medida con la que se espera despejar de camiones autovías y carreteras, especialmente en aquellos tramos donde se registra un mayor volumen de tráfico de mercancías.

Fomento financia también bonificaciones en tramos de movilidad obligada cuando el itinerario alternativo tiene tráfico elevados.

Fuente: Invertia

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¿Cómo puedo llevar un animal de compañía en mi camión?


Desde el punto de vista de la seguridad vial, el precepto básico que lo regula es el Art. 18 del Reglamento General de Circulación. "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos"

¿Se debe colocar una red de separación homologada?

El Reglamento General de Circulación no establece una red. Lo único que establece es que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos (artículo 11.2 del texto articulado). Y eso se puede conseguir con un arnés.

¿Los animales pueden ir en la parte delantera del vehículo bien asegurados?

Si se hace una interpretación gramatical nada prohíbe que puedan ir en la parte delantera del vehículo siempre que no haya posibilidad de que el animal se interponga en la trayectoria del conductor. Por tanto podría ir en el asiento del copiloto siempre que utilice un tipo de arnés o de sujeción que impida el desplazamiento del animal hasta el puesto del conductor. En este caso estaríamos sujetos a la interpretación del agente.

Fuente: Automovilistas europeos asociados

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La odisea de los transportistas que pasan el paso de Calais




La ciudad francesa de Calais queda a sólo 34 kilómetros de Gran Bretaña. Esta cercanía provoca que miles de africanos y asiáticos acudan a ese puerto para intentar cumplir “el sueño inglés”. Su única posibilidad de lograrlo es infiltrarse como polizones, ya sea en transbordadores o en camiones.

Cada año un millón setecientos mil camiones de transporte de mercancías embarcan en el puerto norteño de Calais a bordo de trasbordadores para atravesar el Canal de la Mancha, mientras un millón trecientos mil más realizan el mismo trayecto bajo el mar en trenes de carga que transitan por el eurotúnel, cuya terminal francesa se encuentra también en Calais.



Por lo tanto, en promedio 8 mil camiones diarios van desde Francia hasta Inglaterra. Subirse a escondidas en uno de ellos es la meta de los migrantes que convergen en Calais. Es difícil saber a ciencia cierta cuántos lo logran. En 2013 las autoridades británicas detuvieron a 15 mil y sospechan que son muchos más los que escapan a su control.

La BBC se subió a bordo de un camión y filmo algunos de los desafíos que se enfrentan algunos conductores en el paso de Calais. 

Puedes visionar el reportaje en mi página de facebook Tacograferos haz clic aquí

Fuentes: BBC Breakfast
              Proceso.com

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Bélgica ya sanciona los descansos semanales



La Asociación Empresarial Guipuzcoana de Transporte de Mercancías por Carretera, Guitrans, informa en su boletín de noticias (basándose en la información facilitada por Astic, en la que está integrada) de que las autoridades belgas están realizando “controles sistemáticos” en las áreas de descanso de su territorio para comprobar que los conductores no realizan descansos semanales normales (de más de 45 horas) a bordo de los vehículos.

Desde el colectivo presidido por Ignacio Cepeda se recomienda que antes de realizar un descanso semanal en Bélgica a bordo del vehículo se compruebe que la pausa de la semana anterior no fuera un descanso reducido (de menos de 45 horas). Y, además, se interrumpa ese descanso antes de las 45 horas.

Fuente: todotransporte.es

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Proyecto del Real Decreto por el que se establecen los requisitos técnicos que deben cumplir los Centros Técnicos de Tacógrafos


El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha abierto el trámite de audiencia del proyecto de Real Decreto por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos.

El Reglamento (UE) Nº 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, en su capítulo IV, artículos 22, 23, 24 y 25, establece diversas prescripciones para la instalación, reparación e inspección de tacógrafos; autorización de entidades para la instalación, reparación y revisión periódica de tacógrafos, así como sobre la expedición y uso de tarjetas de taller necesarias para determinadas operaciones a realizar sobre los tacógrafos. 

Entre otras prescripciones, el Reglamento (UE) Nº 165/2014, en su artículo 24, establece que los Estados miembros autorizarán, controlarán periódicamente y certificarán a las entidades que realicen instalaciones, comprobaciones de inspección y reparaciones de tacógrafos. A tal fin, establece que los Estados miembros elaborarán y publicarán procedimientos nacionales claros sobre formación del personal, disponibilidad del material necesario y auditorías sobre la correcta aplicación de los procedimientos establecidos. 

Actualmente la actividad de estas entidades está regulada por el Real Decreto 425/2005, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos para la instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos digitales, y por la Orden IET/1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos analógicos. 

Resulta necesario establecer los requisitos técnicos que deben cumplir los centros técnicos en los cuales se realizarán las operaciones que están recogidas en el artículo 22 del Reglamento (UE) Nº 165/2014, en los capítulos V y VI de su anexo I, y en los mismos capítulos del anexo IB del Reglamento (CEE) Nº 3821/85, que transitoriamente sigue siendo aplicable, para que las Comunidades Autónomas puedan proceder a su autorización. Del mismo modo, también se deben establecer las normas de actuación de dichos centros. 

Plazo de remisión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de Gobierno, se somete a trámite de información pública este proyecto de Real Decreto. El plazo para presentar las eventuales observaciones será de treinta días hábiles a partir del siguiente al de publicación del anuncio en el “Boletín Oficial del Estado” el 18 de septiembre de 2014.

Las observaciones deben cursarse, bien por correo ordinario a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, del citado Ministerio (Paseo de la Castellana, 160, 28071 Madrid) o bien a la dirección de correo electrónico sgcalidadseguridad@minetur.es.


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Portugal permite las 60 toneladas


El Gobierno portugués acaba de aprobar el Decreto-Ley 133/2014, por el que se modifica el Reglamento que regula las masas y dimensiones máximas autorizadas para los vehículos en circulación. De esta manera, se eleva el peso por eje a 12 toneladas, para permitir el transporte de 60 toneladas con un vehículo de cinco ejes.

Bajo los argumentos de promover la competitividad de la industria nacional y de garantizar la sostenibilidad del sistema de transportes, Portugal ha incrementado el tonelaje máximo permitido para los vehículos de transporte en más de un 50%, pasando de 40 a 60 toneladas para los vehículos que, de cinco o más ejes, que transporten las siguientes mercancías:

- Productos vitivinícolas, frutas, productos hortícolas, pecuarios y cereales,

- Material leñoso, madera y similares, papel, pasta de papel, productos cerámicos, siderúrgicos, mineros, con origen o destino en un puerto portugués

- Productos químicos, en carga contenerizada

La normativa aprobada eleva el peso por eje a 12 toneladas, para permitir el transporte de 60 toneladas con cinco ejes mínimo en el vehículo. Para los restantes vehículos de transporte que no estén técnicamente preparados para el transporte de 60 toneladas, se les permite, durante las campañas agrícolas, realizar transporte con un peso de 44 toneladas.

La medida no ha sido consensuada ni sometida a consulta con las asociaciones representativas del transporte de Portugal.


Fuente: Transporte Profesional

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Sencillos consejos para la salud de un conductor profesional



Una colaboración muy especial...

Tenía muchas ganas de poder contar con esta nueva colaboración, por fin hoy puedo hacerlo. Se suma a la serie de colaboraciones "excelentes" que se han ido publicando en el Blog.

Os invito a que entréis en su página web Kinemez donde podréis encontrar muchos consejos para mejorar vuestra salud "postural".

No me extiendo más en esta introducción, Juan Ramón Revilla es un Fisioterapeuta de prestigio internacional, experto en Reeducación Postural, Método Mézières, Director de Centro de Fisioterapia Kinemez, en Barcelona. Os dejo leyendo sus consejos para una buena salud de espalda.


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Consulta sobre ¿cuándo se debe realizar la entrada manual "trayecto en transbordador/tren"?


Un lector me envía una consulta sobre la entrad manual "Ferry" que, por considerarla interesante, voy a tratar de responderla públicamente.

Este tema ya fue tratado en el Blog, comentaba que estas condiciones se podían observar en el documento impreso con su correspondiente pictograma. El tacógrafo digital permite introducir al conductor en tiempo real estas condiciones específicas 050b (OUT y Ferry) como una posibilidad, no como obligatorias. En ningún lugar (Reglamento (CE) 1360 y 561/2006) se dicta que se tenga que utilizar, luego su uso es discrecional.


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